Los tributos locales forman parte de la factura fiscal anual de familias, empresas y propietarios. En los municipios, los principales son el Impuesto sobre Bienes Inmuebles (IBI), el Impuesto sobre Actividades Económicas (IAE), el Impuesto sobre Vehículos de Tracción Mecánica (IVTM), el Impuesto sobre Construcciones, Instalaciones y Obras (ICIO) y, cuando el ayuntamiento lo haya establecido, el Impuesto sobre el Incremento de Valor de los Terrenos de Naturaleza Urbana (IIVTNU o plusvalía municipal).
La regulación básica está en el Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales (TRLRHL). La ley fija los elementos esenciales y los límites; cada ayuntamiento concreta, mediante sus ordenanzas fiscales, tipos, tarifas, bonificaciones, gestión y calendario. Por eso, dos inmuebles o dos actividades iguales pueden soportar cuotas distintas si están en municipios diferentes. En Canarias, la gestión y recaudación también pueden estar delegadas en organismos tributarios insulares o supramunicipales.
Un asunto de especial actualidad es la llamada tasa de basura. La Ley 7/2022 exige que cada entidad local establezca una tasa o una prestación patrimonial pública no tributaria específica, diferenciada y no deficitaria, vinculada al coste real neto de la gestión de residuos. La ley explica por qué muchos recibos han subido, pero no fija un porcentaje ni una tarifa uniforme para todos los municipios.