Impuesto sobre Vehículos de Tracción Mecánica (IVTM)

Qué debes saber

El IVTM grava la titularidad de vehículos aptos para circular por vías públicas. La persona obligada es quien figura como titular en el permiso de circulación. El municipio competente se determina, con carácter general, por el domicilio que consta en ese permiso al inicio del período impositivo.

La cuota se calcula según la clase y las características técnicas del vehículo —por ejemplo, potencia fiscal, carga útil, cilindrada o número de plazas— y la tarifa aprobada por el municipio dentro de los márgenes legales. La ley establece exenciones para determinados vehículos y permite bonificaciones municipales, por ejemplo, en función de la clase de carburante o de las características medioambientales, si la ordenanza las incorpora.

Ejemplo práctico: al comprar un turismo de segunda mano, el recibo anual no se recalcula simplemente en proporción a los meses que quedan. Hay reglas de prorrateo para altas, bajas y ciertos supuestos; debe comprobarse la fecha del cambio registral y la ordenanza aplicable.

Puntos de control: contrasta matrícula, titular y domicilio en el permiso; consulta la ordenanza del municipio competente; pide la exención o bonificación dentro del plazo y con la documentación técnica; verifica si una baja definitiva o temporal afecta al recibo.

Normativa y fuentes: TRLRHL, arts. 92–99: IVTM · DGT: Impuesto de Circulación (IVTM)