La empresa debe evaluar los riesgos, planificar medidas, informar y formar a la plantilla y revisar la prevención cuando cambien las condiciones. Puede elegir entre modalidades preventivas legales, pero sigue siendo responsable de cumplir sus obligaciones.
La empresa debe proteger la seguridad y la salud de su plantilla. Para ello debe integrar la prevención en su organización, evaluar los riesgos de cada puesto, planificar las medidas, informar y formar a las personas trabajadoras y actualizar la evaluación cuando cambien las condiciones o se produzca un daño.
La modalidad preventiva se elige conforme al tamaño, la actividad y los requisitos legales. Puede organizarse mediante distintas fórmulas y no todas las empresas están obligadas a contratar el mismo tipo de servicio externo. La contratación de un servicio de prevención ajeno no elimina la responsabilidad empresarial de cumplir y supervisar las medidas.
Ejemplo práctico Una tienda con almacén debe evaluar, entre otros riesgos, la manipulación de cargas, las caídas y el uso de equipos. Una carpeta documental sin evaluación ajustada a las tareas no acredita por sí sola una prevención eficaz.
Puntos que conviene revisar
No necesariamente. La modalidad preventiva depende del tamaño, actividad y demás requisitos legales.
No. La empresa debe cumplir y supervisar las medidas preventivas que le corresponden.
Normativa y fuentes oficiales artículos 14, 16, 30 y 31: Ley de Prevención de Riesgos Laborales; organización de los servicios de prevención: Real Decreto 39/1997 sobre los servicios de prevención; responsabilidades por incumplimiento: Ley sobre infracciones y sanciones en el orden social