¿Qué ocurre cuando termina un contrato temporal?

Qué debes saber

El contrato temporal solo puede celebrarse por las causas legalmente previstas, principalmente circunstancias de la producción o sustitución de una persona trabajadora. Al llegar la fecha de fin, la empresa debe comunicar la extinción y pagar las cantidades pendientes: salario, vacaciones devengadas no disfrutadas y otras partidas del finiquito. En contratos temporales por circunstancias de la producción suele corresponder una indemnización de 12 días de salario por año de servicio, salvo regímenes excluidos, como los contratos formativos y de sustitución. Si el contrato ha durado más de un año, quien denuncie su terminación debe respetar el preaviso de 15 días o el establecido legalmente.

La fecha escrita en el contrato no convierte por sí sola el contrato en temporal válido. Hay que examinar qué causa se describió, si la necesidad era realmente temporal, la duración, las prórrogas, las tareas desarrolladas y la continuidad de la prestación. Si el contrato temporal se celebró incumpliendo requisitos o la persona siguió trabajando después de su finalización sin denuncia y con prestación de servicios, puede plantearse que la relación sea indefinida. La finalización puede ser impugnable si en realidad encubre un despido; el plazo habitual para demandar por despido es de 20 días hábiles.

Firmar un finiquito acredita normalmente la recepción, pero no siempre impide reclamar; depende de su texto, desglose y circunstancias. Si no se está de acuerdo, puede firmarse como recibido y no conforme, solicitando copia y evitando declaraciones generales de renuncia.

Ejemplo práctico: una trabajadora fue contratada seis meses para un pico de actividad, pero continúa realizando la misma actividad ordinaria durante otros tres meses y no recibe una nueva causa temporal. Deben revisarse la carta de fin, los contratos y las funciones. La empresa no puede dar por válida la temporalidad solo porque el documento indique una fecha de término.

Puntos de control

  • comprueba la causa legal y duración
  • revisa prórrogas y continuidad
  • calcula indemnización y vacaciones
  • pide desglose del finiquito
  • cuenta 20 días hábiles si puede tratarse de despido

Normativa y fuentes oficiales: ET, art. 15: duración del contrato · ET, art. 49.1.c: expiración del tiempo convenido · ET, arts. 8 y 12: forma y contratos

Enlaces oficiales: SEPE: prestaciones por desempleo

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