El convenio aplicable se determina por su ámbito funcional, territorial, personal y temporal. No basta con mirar el nombre del puesto ni el código CNAE de la empresa. Hay que identificar la actividad real de la empresa o centro de trabajo, el sector, el lugar de prestación de servicios, las funciones, las unidades productivas y si existe un convenio de empresa o un acuerdo válido que pueda concurrir con el sectorial.
El convenio puede establecer salarios mínimos, grupos profesionales, jornada, permisos, complementos, clasificación, régimen disciplinario y mejoras sobre la ley. Hay reglas legales de concurrencia y prioridad aplicativa en materias concretas, además de ultraactividad y posibles convenios de ámbito distinto. Una empresa que desarrolla actividades realmente diferenciadas puede requerir un análisis más fino; no se elige convenio simplemente porque resulte más conveniente para la empresa o para el trabajador.
El buscador oficial REGCON permite consultar convenios y acuerdos registrados; después hay que comprobar la publicación oficial, el texto vigente, su ámbito y las revisiones salariales. El convenio que figura en el contrato es un dato útil, pero no concluyente si la actividad o el ámbito no encajan.
Ejemplo práctico: una empresa que presta servicios de mantenimiento en varios hoteles aplica el convenio de oficinas porque parte del personal trabaja en administración. Deben compararse la actividad principal y las funciones de cada colectivo con los ámbitos de los convenios de hostelería, mantenimiento y oficinas, además de revisar si existe un convenio propio válido.
Normativa y fuentes oficiales: ET, arts. 82–85: eficacia, ámbitos y contenido de los convenios · ET, arts. 83–84: concurrencia · REGCON: consulta pública de convenios · Real Decreto 713/2010: registro de convenios