Qué debes saber
La Ley contempla expresamente la relación entre REB y ZEC. Las empresas navieras constituidas como entidades ZEC se rigen por el régimen previsto para estas entidades en los términos legales, lo que obliga a comparar ambos modelos antes de estructurar el proyecto.
Requisitos y funcionamiento
- Determinar actividad naviera y actividades auxiliares.
- Comparar bonificación REB con tributación ZEC sobre renta elegible.
- Comprobar requisitos de sustancia ZEC.
- Analizar empleo, inversión y límites de ayudas.
- Modelizar varios ejercicios, no solo el primero.
Ejemplo práctico
Una nueva empresa naviera con centro real en Canarias compara el régimen fiscal REB con una estructura ZEC antes de constituirse.
Puntos de control
- No decidir solo por el tipo nominal.
- Incluir costes de empleo y cumplimiento.
- Revisar ayudas de Estado acumuladas.
Fuentes oficiales: Ley 19/1994 (BOE) · Reglamento del REF — RD 1758/2007 (BOE) · Ley de Puertos del Estado y Marina Mercante (BOE)
Casos y límites del REF
5.1. Caso 8. REB — base total 600.000 €, de la que 400.000 € es bonificable
5.2. Límites de la UE y optimización fiscal