Qué debes saber
La inscripción depende de los requisitos de la normativa de Marina Mercante y de la Ley 19/1994. Deben revisarse empresa, centro de actividad, buque, título jurídico, navegación y tripulación.
Requisitos y funcionamiento
- Comprobar qué buques son inscribibles.
- Revisar propiedad, arrendamiento u otro título habilitante.
- Analizar composición y nacionalidad de tripulación.
- Aplicar normativa laboral y de Seguridad Social correspondiente.
- Verificar particularidades de servicios regulares.
Ejemplo práctico
Una naviera no debe calcular primero el ahorro fiscal: debe confirmar antes que empresa, buque y servicio entran en el Registro.
Puntos de control
- La normativa marítima es parte del análisis fiscal.
- Revisar las reglas especiales UE/EEE.
- No utilizar requisitos históricos derogados del libro sin actualización.
Fuentes oficiales: Ley 19/1994 (BOE) · Ley de Puertos del Estado y Marina Mercante (BOE)
Casos y límites del REF
5.1. Caso 8. REB — base total 600.000 €, de la que 400.000 € es bonificable
5.2. Límites de la UE y optimización fiscal