Producciones españolas

Qué debes saber

El artículo 36.1 LIS establece para producciones españolas una deducción del 30 % sobre el primer millón de base y del 25 % sobre el exceso. La especialidad canaria incrementa los límites máximos aplicables cuando la producción se realiza en Canarias. La base comprende coste total y determinados gastos de copias, publicidad y promoción dentro de límites.

Requisitos y funcionamiento

  • Ser producción comprendida en el artículo 36.1.
  • Al menos el porcentaje legal de base debe corresponder a gastos realizados en territorio español.
  • Obtener certificados exigidos.
  • Controlar ayudas recibidas e intensidad máxima.
  • Determinar correctamente quién genera o financia la deducción.

Ejemplo práctico

Una película española con rodaje en Canarias debe construir un presupuesto fiscal diferente del presupuesto de producción: no todos los costes tienen necesariamente el mismo tratamiento.

Puntos de control

  • No confundir coste total con base fiscal definitiva.
  • Revisar límites de ayudas antes de cerrar financiación.
  • Documentar territorialización del gasto.

Fuentes oficiales: Ley 27/2014 del Impuesto sobre Sociedades (BOE) · Ley 19/1994 (BOE) · Reglamento del REF — RD 1758/2007 (BOE)

Casos y límites del REF

5.1. Caso 7. Audiovisual — producción española con base de 3.000.000 €
5.2. Límites de la UE y optimización fiscal