I+D+i

Qué debes saber

I+D e innovación tecnológica son categorías distintas. El artículo 35 LIS define ambas y la especialidad canaria incrementa la intensidad. La Ley 19/1994 fija específicamente un 45 % para innovación tecnológica realizada en Canarias.

Requisitos y funcionamiento

  • Delimitar técnicamente el proyecto.
  • Separar gastos elegibles de tareas rutinarias.
  • Identificar personal investigador, amortizaciones y subcontrataciones.
  • Valorar informes motivados y mecanismos de seguridad jurídica.
  • Para innovación tecnológica canaria, comprobar el cumplimiento del artículo 35.2 LIS.

Ejemplo práctico

Una empresa desarrolla un prototipo y además mejora su software interno. Puede haber tareas de I+D, de innovación y otras no incentivables: hay que segmentarlas.

Puntos de control

  • No llamar I+D a todo proyecto tecnológico.
  • Crear partes de trabajo y contabilidad analítica.
  • Revisar compatibilidad con subvenciones.

Fuentes oficiales: Ley 27/2014 del Impuesto sobre Sociedades (BOE) · Ley 19/1994 (BOE)

Casos y límites del REF

5.1. Caso 4. Innovación tecnológica — gasto elegible de 120.000 €
5.2. Límites de la UE y optimización fiscal