Qué debes saber
I+D e innovación tecnológica son categorías distintas. El artículo 35 LIS define ambas y la especialidad canaria incrementa la intensidad. La Ley 19/1994 fija específicamente un 45 % para innovación tecnológica realizada en Canarias.
Requisitos y funcionamiento
- Delimitar técnicamente el proyecto.
- Separar gastos elegibles de tareas rutinarias.
- Identificar personal investigador, amortizaciones y subcontrataciones.
- Valorar informes motivados y mecanismos de seguridad jurídica.
- Para innovación tecnológica canaria, comprobar el cumplimiento del artículo 35.2 LIS.
Ejemplo práctico
Una empresa desarrolla un prototipo y además mejora su software interno. Puede haber tareas de I+D, de innovación y otras no incentivables: hay que segmentarlas.
Puntos de control
- No llamar I+D a todo proyecto tecnológico.
- Crear partes de trabajo y contabilidad analítica.
- Revisar compatibilidad con subvenciones.
Fuentes oficiales: Ley 27/2014 del Impuesto sobre Sociedades (BOE) · Ley 19/1994 (BOE)
Casos y límites del REF
5.1. Caso 4. Innovación tecnológica — gasto elegible de 120.000 €
5.2. Límites de la UE y optimización fiscal