¿Conviene donar ahora o transmitir por herencia?

Qué debes saber

No existe una respuesta válida para todas las familias. La donación puede anticipar el relevo y permitir que el beneficiario use o gestione el bien, pero puede generar IRPF para quien dona y plusvalía municipal. La herencia no genera, con carácter general, una ganancia patrimonial en el IRPF del causante, aunque sí puede producir ISD y plusvalía municipal para los sucesores.

En Canarias, tanto las bonificaciones como las reducciones dependen del parentesco, la naturaleza del bien, la residencia, la escritura pública y, en la empresa familiar, la actividad, las funciones directivas y el mantenimiento. También influyen el valor de referencia, las deudas, el usufructo, el patrimonio previo, las donaciones anteriores y el calendario de transmisión.

Ejemplo práctico: una persona dona a su hijo un inmueble adquirido por 100.000 euros que tiene un valor de referencia de 280.000 euros. El estudio debe comparar el ISD del hijo, el posible IRPF del donante y la plusvalía municipal con el coste de una futura herencia, incluida la reducción por vivienda habitual que pudiera proceder.

Puntos de control: solicita el informe antes de formalizar; una escritura puede tener consecuencias fiscales y civiles difíciles de revertir.

Normativa y fuentes: Ley 29/1987 del ISD · Decreto Legislativo canario 1/2009 · Ley 35/2006 del IRPF · ATC: Sucesiones y donaciones