Cómo se valoran las participaciones sociales

Qué debes saber

Las acciones negociadas en mercados organizados se valoran, con carácter general, según la cotización media del cuarto trimestre del ejercicio. Para participaciones no cotizadas, la Ley del Impuesto sobre el Patrimonio establece reglas propias: si existe una auditoría favorable, se atiende al valor teórico del último balance aprobado; si no se cumplen esas condiciones, se comparan los valores y magnitudes contables y de resultados que establece la ley.

Por eso, el nominal de las participaciones no es automáticamente su valor fiscal. También hay que identificar la clase de participación, la fecha de cierre y aprobación de cuentas, las reservas, los resultados de ejercicios anteriores y, en su caso, la auditoría.

Ejemplo práctico: una sociedad tiene participaciones de un euro de nominal, pero ha acumulado reservas y beneficios. Declarar únicamente el nominal puede infravalorar el valor que resulte de las reglas del artículo 16.

Puntos de control: solicita cuentas anuales aprobadas y, si existe, informe de auditoría; concilia patrimonio neto y libro registro de socios; no confundas valoración para Patrimonio, valor de mercado y valoración de una transmisión en IRPF.

Normativa y fuentes: Ley 19/1991, art. 16 · AEAT: Manual de Patrimonio, valores y participaciones